Derecho, tranformaciones sociales y globalización

Introducción

El derecho moderno, con su caracterización positivista, general, impersonal y abstracta, es uno de los productos más emblemáticos del Estado Nación. A través de su producción centralizada, el derecho se convirtió en ley, contribuyó a la construcción de sujetos de derecho y sentó las bases jurídicopoliticas del proceso de ciudadanización moderna. Una de las especificidades comunes de todo lo anterior fue la defensa de una separación clara entre derecho y política, de manera tal que ésta última era limitada por el primero, dando como resultado la idea contemporánea de Estado de Derecho.

Esta separación entre derecho y política ha sido cuestionada por diversos movimientos críticos del derecho. Uno de ellos, expresado en el llamado uso alternativo del derecho, planteó que la juridicidad estatal podía considerarse como un espacio para las luchas políticas y sociales, en cuanto allí se podrían expresar los intereses de clases sociales contrapuestas. Se pretendía politizar al máximo el derecho como parte de las estrategias diversas que los actores sociales podían usar para poner en marcha sus agendas.

A partir de estos planteamientos, aunados a los promovidos bajo la teoría de la modernización en el movimiento Derecho y desarrollo, se posicionaría el interés por el papel del derecho como espacio para el cambio o transformación social. En tal sentido, diversos actores empezaron a sostener que el derecho moderno podía ser un espacio idóneo para obtener cambios a nivel social, los cuales, por lo demás, podrían ser también progresistas.

La anterior lógica, inicialmente organizada en el ámbito nacional estatal, adquirió un nuevo cariz en el nuevo contexto de la globalización. Es evidente que, por lo menos en los dos últimos decenios, se vienen produciendo cambios altamente significativos en el plano de las relaciones jurídicas. Se observa la emergencia de espacios normativos de diferente escala: mundiales, multilaterales, bilaterales y plurilaterales, supranacionales, e incluso meramente privados, que hacen pensar en una redefinición del sistema de Estados nacionales que había surgido de los acuerdos posteriores a la segunda guerra mundial. En éste terreno se ha identificado, en particular, una seria contradicción entre lo acordado en el ámbito de los derechos humanos, por una parte, y las crecientes garantías que se ofrecen al flujo de capitales y a las corporaciones multinacionales a través de diversos tratados de orden económico, por la otra.

El proceso de globalización está construyendo un nuevo derecho, en muchos casos privado y poco formal, que cuestiona o neutraliza los avances del derecho moderno, entendido éste como condensación de reivindicaciones de diverso tipo (p. ej., regulación de los abusos del poder del Estado, promoción de agendas de transformación social, entre otros aspectos). La noción de responsabilidad en esta materia, anteriormente centrada en el Estado, parece esfumarse como resultado del énfasis en el paradigma de la mercantilización y del hecho de que no parecen existir espacios políticos y jurídicos supranacionales que asuman una función equivalente.

Ese itinerario tiene un contenido social y político relevante, principalmente porque los logros en el ámbito de los derechos humanos se venían considerando como una construcción de derecho internacional "desde abajo", desde los movimientos sociales, por lo cual los cambios recientes deberían interpretarse como la contraposición de una iniciativa "desde arriba", desde el capital, pero, en este caso, trascendiendo el marco convencional del Estado (o los Estados) como fuente de creación del derecho.

En ese contexto, el campo de acción Derecho, transformaciones sociales y globalización pretende valorar críticamente las transformaciones correlativas del Estado y del capitalismo, dando cuenta de las nuevas formas jurídicas globales de regulación y su relación con procesos de reconfiguración económica y política, tales como la implantación de regímenes económicos de excepcionalidad permanente, las dinámicas de inversión extranjera, la puesta en marcha de megaproyectos y sus consecuencias socioambientales, el tratamiento de los agrocombustibles y la crisis alimentaria, los discursos trasnacionales de la seguridad y su materialización en políticas antiterroristas. Así mismo, busca examinar las principales tendencias de transformación del mundo del trabajo y sus efectos sobre la nueva constitución de lo social en la actualidad. Este campo de investigación busca abordar igualmente los problemas relacionados con las modalidades de globalización hegemónica/contrahegemónica del derecho, señalando, por un lado, las trayectorias que éste último ha asumido dentro de las luchas organizadas de los movimientos sociales y evaluando, por el otro, su impacto.

Líneas de trabajo

Transformaciones globales y derecho hegemónico

Uno de los principales rasgos del proceso de neoliberalización ha consistido en la producción de una nueva espacialidad capitalista. Dicha espacialidad se ha fundamentado en una profunda reorganización estructural y geográfica del proceso económico y se ha concebido con el propósito de contribuir a enfrentar las dinámicas y los problemas de la acumulación. Sus impactos sobre la vida humana, el medio ambiente y la organización política de la sociedad son indiscutibles y, sobre todo, preocupantes.

La nueva espacialidad se ha expresado de manera específica, por una parte, en la emergencia de una geografía económica que ha redefinido la noción de territorio, ha provocado asentamientos de nuevas producciones, así como una nueva movilidad de la fuerza de trabajo (incluyendo la vinculación de corrientes migratorias con el desplazamiento forzado por razones políticas, económicas y militares); igualmente, se ha acompañado de la irrupción de nuevas formas de ejercicio de la violencia y de modalidades de acumulación por despojo.

La nueva espacialidad se aprecia, por otra parte, en una nueva conformación estructural de la economía en la que al tiempo que se despliegan nuevas formas de la producción capitalista, basadas en la producción de conocimiento, se exacerba el gigantesco potencial especulativo del capital ficticio en sus más variadas modalidades y se observa una tendencia hacia la reprimarización a través de un renovado interés por los recursos naturales y energéticos y la introducción de nuevas agriculturas de plantación. Todo ello se acompaña de la producción de una nueva infraestructura vial y de comunicaciones que trasciende los espacios nacionales, los articula e inserta en los circuitos mundiales del capital, contribuyendo, además, a acelerar su velocidad de rotación.

Con la nueva espacialidad se ha generalizado una nueva organización jurídica y política de los procesos de acumulación; se aprecia el quiebre de los ordenamientos nacionales estatales y del principio de soberanía, y una marcada tendencia a la constitucionalización transnacional o global de un orden del mercado y de la competencia. Lo anterior conlleva la entronización de nuevas formas de excepcionalidad permanente sobre la que se constituyen los nuevos fundamentos del mando y la dominación en la actualidad.

La línea de trabajo tiene como propósito principal examinar los principales rasgos de la nueva espacialidad capitalista. Se trata de:

  • analizar las principales tendencias y dinámicas espaciales del proceso económico, es decir, las transformaciones estructurales y geográficas de la acumulación capitalista;
  • examinar la producción de derecho (hegemónico) de la nueva espacialidad con el propósito de caracterizar las nuevas formas de conducción y regulación jurídicopolitica de procesos de acumulación;
  • estudiar las consecuencias de la nueva espacialidad para los derechos humanos, el desarrollo, la integración alternativa, la crisis alimentaria y la cuestión agraria/ambiental;
  • abordar las lógicas transnacionales de la seguridad, sus relaciones con el discurso de la globalización y sus consecuencias en la entronización de regímenes de excepcionalidad permanente.
     

Trabajo y nueva constitución de lo social

Los derechos de los trabajadores han sido una muestra de cómo integrar la agenda política de las organizaciones laborales en el derecho de Estado. Sin embargo, el proceso de globalización hegemónica y las reformas neoliberales han conllevado un deterioro de las condiciones de trabajo; su precarización se pretende mostrar como un factor de competitividad más entre las economías periféricas actuales. La década de 1970 marcaría el registro político de una serie de transformaciones –fraguadas un par de décadas antes, al menos discursiva e ideológicamente– en las esferas técnicas y productivas, con serias consecuencias para el mundo del trabajo.

Los procesos de descentralización industrial empezaron a trasladar las viejas industrias hacia zonas periféricas. Ese recorrido, acompañado de nuevos diagramas de regulación del Estado, tendría secuelas en las estructuras jurídicas, particularmente en el derecho laboral. En concreto, se trataría de nuevos escenarios de precarización del trabajo y de la entronización de un régimen de excepción en el que los derechos de los trabajadores se desvanecen a causa de las contingencias económicas y de las nuevas dinámicas de la acumulación de capital. La consecuencia fundamental fue la eliminación progresiva de importantes conquistas sociales, económicas y políticas de los trabajadores. La descentralización productiva y el avance tecnológico, tal como están actualmente concebidos, se ligan a la estrategia del capital internacional, esto es, aumentar los niveles de control laboral, desorganizar a los trabajadores y potenciar el régimen de ganancia.

Por otro lado, las normas internacionales sobre los derechos laborales, su incorporación en la discusión de tratados internacionales y su vinculación en la hoy llamada responsabilidad social empresarial, parecen poner un referente no siempre claro sobre la importancia de mantener, de algún modo, estos derechos. La tendencia de la neoliberalización obligó, en ese sentido, por razones políticas (de legitimidad) y económicas (de rentabilidad) a abandonar la postura inicial, al menos en su forma de implantación.

Surgió así lo que bien podría llamarse un concepto de política social neoliberal que, después de diversos desarrollos durante los últimos años, ha conformado una síntesis ecléctica entre el discurso del mercado y discursos provenientes de la filosofía política, particularmente de algunas teorías de la justicia. De esa forma, se han producido nuevas elaboraciones (neoliberales) teóricas y de política pública para caracterizar y enfrentar los problemas de desigualdad y pobreza que afectan a las sociedades capitalistas contemporáneas. En todo caso, se trata de producir formas de inclusión (así sea intermitente) en el mercado, así como de producir y reproducir nuevas formas de pobreza y de desigualdad.

La línea de trabajo tiene como propósito:

  • examinar –a través de ejercicios de política comparada– los procesos de flexibilización del trabajo dentro del actual régimen de acumulación, indagando especialmente por las relaciones entre el trabajo, el cambio tecnológico y los sistemas educativos, para develar las trayectorias que podrían asumir las clases trabajadoras latinoamericanas, por un lado, y las posibles alternativas en términos de configuración y reconfiguración de nuevas subjetividades, por el otro;
  • analizar la producción de un derecho de la precarización del trabajo considerando, así mismo, las elaboraciones de producción de política pública neoliberal en sus particularidades frente a la reproducción de los procesos laborales (regulaciones jurídicopoliticas);
  • dar cuenta de las nuevas tendencias de constitución de la cuestión social y, específicamente, de las modalidades de reproducción de la fuerza laboral, analizando las nuevas demandas sociales, así como las configuraciones de la política social neoliberal y de los sistemas de protección social, considerando, además, sus efectos sobre el discurso y la acción colectiva en torno a los derechos humanos.

Derecho y luchas sociales

Desde el movimiento del alternativismo jurídico, cuyo apogeo se remota a los años setenta, el derecho se ha posicionado como una escenario para las luchas políticas y sociales. En aquel momento, se planteó la necesidad de que algunas acciones, especialmente las judiciales, formaran parte de las estrategias para avanzar en procesos de resistencia, organización y reivindicación de los movimientos sociales.

A partir de la segunda mitad de la década de 1980, ese posicionamiento se reforzó a propósito de las varias reformas constitucionales que vivió el continente. En este contexto, muchos derechos, otrora desconocidos, fueron constitucionalizados y en muchos casos se crearon mecanismos institucionales para su judicialización y defensa. Para muchos movimientos sociales parecía posible, en ese momento, esperar un avance efectivo en los derechos.

Actualmente, cuando nos encontramos con una nueva ola de reformas constitucionales y, además, se ha manifestado la experiencia resultante de varios años de uso de los mecanismos jurídicos creados a favor de los derechos, parece útil y conveniente iniciar un balance del uso del derecho como parte de las luchas sociales y políticas.

Es así como esta línea pretende analizar la forma por la cual los actores sociales tradicionalmente excluidos han venido utilizando el derecho estatal e interestatal, las expectativas que se han generado respecto del mismo, los resultados alcanzados y los efectos respecto del alcance de sus luchas políticas. Se prestará especial prioridad al estudio de aquellos procesos que han desarrollado diverso tipos de reivindicaciones y estrategias en torno a los derechos. En concreto, se trata de:

  • analizar el alcance y las limitaciones de los usos del derecho como espacio para las luchas sociales, a partir de cuestiones específicas tales como el acceso a la justicia (reforma judicial y legal), la llamada judicatura democrática, y los debates sobre las teorías sociojurídicas críticas que intentan construir nuevos horizontes de interpretación y redefinición del derecho como fenómeno incorporado en contradicciones sociales, políticas y económicas;
  • examinar las proyecciones de los procesos constituyentes en América Latina y sus implicaciones para la renovación del pensamiento constitucional (incluyendo las tensiones provocadas por el llamado constitucionalismo neoliberal), desde de una perspectiva comparada temporal y espacialmente.